¿Sabes cuáles son los actos administrativos contra los que es IMPROCEDENTE un recurso de revocación?

El recurso de revocación es improcedente cuando se haga valer contra actos administrativos que no afecten el interés jurídico del promovente; que sean resoluciones dictadas en otro recurso o en cumplimiento de una sentencia; que hayan sido impugnados ante el Tribunal; que se hayan consentido, es decir, que no se promovió el recurso en el plazo de ley; que sean actos conexos a otro que haya sido impugnado por medio de un recurso o medio de defensa diferente; si son actos revocados por la autoridad; que hayan sido dictados por autoridad administrativa en un procedimiento de resolución de controversias previsto en un tratado para evitar la doble tributación y; que sean resoluciones dictadas por autoridades extranjeras que determinen impuestos y sus accesorios cuyo cobro y recaudación hayan sido solicitados a las autoridades fiscales mexicanas.




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