Motivos por los que pueden quedar sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales.
- M. E. Abogados Servicios Legales
- 29 jul 2020
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Los certificados de sellos o firmas digitales quedan sin efectos cuando: Lo solicite el firmante; por orden judicial o administrativa; fallezca la persona física titular del certificado; se disuelvan, liquiden o extingan las personas morales; exista escisión o fusión de una sociedad; termine su vigencia; se pierda o inutilice por daños el medio electrónico en el que se contengan los certificados; por no cumplir con los requisitos legales; se ponga en riesgo la confidencialidad de los datos de creación de firma electrónica avanzada del SAT; se agote el procedimiento previsto en la ley y no se subsanen las irregularidades.
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