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En caso de divorcio, ¿sabes quién tiene la obligación de dar alimentos?

Foto del escritor: M. E. Abogados Servicios Legales
M. E. Abogados Servicios Legales
9 jul 2020
1 min de lectura

La obligación de darse alimentos es recíproca entre cónyuges, es decir, el que los da, tiene a su vez el derecho de pedirlos, y será un juez quien determine en cuál de los dos recaerá esa obligación al divorciarse.

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