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Condición de estancia de Residente Temporal que se otorga a los extranjero en territorio nacional.

  • Foto del escritor: M. E. Abogados Servicios Legales
    M. E. Abogados Servicios Legales
  • 27 ago 2020
  • 1 Min. de lectura

La condición de estancia de RESIDENTE TEMPORAL que se otorga a los extranjeros dentro del país, los autoriza para permanecer en él por un tiempo no mayor a CUATRO AÑOS, con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país, sujeto a una oferta de empleo con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo desee y con derecho a la preservación de la unidad familiar, lo que significa que podrá ingresar con o solicitar posteriormente la internación de las siguientes personas: De sus hijos y los del cónyuge, concubinario o concubina; de su cónyuge, concubinario, concubina o figura equivalente y, de su padre o madre. Las personas mencionadas serán autorizadas para residir regularmente en territorio nacional bajo la condición de estancia de residente temporal.

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